Tipos de contratos
¿Qué tipos de contratos hay actualmente? ¿Con cuáles puedo obtener beneficios a la hora de contratar a un trabajador? Si se está haciendo estas preguntas es porque el negocio está creciendo. O simplemente porque ha decido dar el paso de crear su propio negocio. A continuación veremos los aspectos básicos relacionados con los contratos laborales pero si quiere tener la mejor información relacionada con este tema. No dude en ponerse en contacto con nuestra Asesoría en Valencia .
¿Qué es un contrato de trabajo?
Por definición, un contrato de trabajo es un acuerdo entre un trabajador y una empresa en el cual se regulan las relaciones entre ambos. Y que dan lugar a una serie de obligaciones y derechos que las dos partes deben cumplir. Entre otros aspectos, en todo contrato se debe de definir:
- Actividad a desarrollar
- Remuneración
- Horario
- Jornada
- Vacaciones
- Duración del contrato

¿A quién puedo contratar?
Cualquier persona mayor de 16 años puede ser contratada para desarrollar una actividad laboral. Siempre que no exista una sentencia judicial que le prive de esta capacidad. En el caso de menores de 16 años, siempre con autorización de sus padres o tutores y del organismo competente. Pueden participar en espectáculos públicos mientras no corra ningún peligro su integridad física y psicológica.
Si es menor de 18 años, también tiene unas limitaciones a la hora de poder desempeñar ciertas actividades. Algunas de estas limitaciones son el realizar trabajos nocturnos, horas extraordinarias o estar en puestos que puedan afectar a su desarrollo.
¿Cuántos tipos de contratos existen?
A día de hoy podemos decir a rasgos generales que son 4 los tipos de contratos o formularios de trabajo:
- Indefinidos
- Temporales
- De formación y aprendizaje
- En prácticas
Dentro de cada uno de ellos existen varios subtipos y si hacemos cuenta de todos, en total tenemos 42 clases de contratos. Además, para adaptar el contrato a las necesidades de su empresa y a las características de la persona a contratar, podemos añadirle cláusulas que lo modifiquen.
A continuación vamos a conocer algunas características de estos 4 tipos de contratos. Si necesita información más detallada no dude en ponerse en contacto con nuestra asesoría en Valencia.
1. Contrato de trabajo indefinido
En el contrato indefinido la prestación de los servicios se lleva a cabo por un límite de tiempo que no está establecido. Este periodo ilimitado se prolongará hasta que una de las dos partes decida dar por finalizada la relación laboral.
En este modelo de contrato la jornada laboral puede ser completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos. Puede formalizarse de manera verbal o por escrito, con algunas excepciones. Algunos de estos caso pueden ser los contratos a tiempo parcial, fijos-discontinuos y de relevo o los de los trabajadores que trabajen a distancia, entre otros.
2. Contrato de trabajo temporal
El contrato temporal establece una relación laboral por un tiempo determinado como bien indica su nombre. Entre los contratos de trabajo, el temporal es la mejor opción cuando se trata de incorporar a un trabajador por un tiempo limitado o para una actividad concreta. Como norma general, se realizará por escrito tanto si es de jornada completa como parcial. Aunque puede ser verbal cuando la situación de eventual por circunstancias de la producción la duración del mismo sea inferior a cuatro semanas y la jornada completa.
3. Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje
El objetivo del contrato de trabajo para la formación es favorecer la cualificación profesional de personas jóvenes para el desempeño de una profesión. Se puede hacer uso de estos tipos de contratos cuando el contratado:
- Sea menor de 25 o 30 años hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%
- No disponga de la cualificación necesaria para celebrar un contrato en prácticas
Algunas de las características de este modelo de contrato son las siguientes: no podrá ser de tiempo parcial. La duración deberá ser como mínimo de 6 meses (máximo de 3 años), el trabajador no podrán hacer horas extraordinarias. Trabajos nocturnos y tampoco trabajar a turnos. Además, el primer año se dedicará a la formación el 25% de la jornada laboral y el 15% el segundo. Esta formación se impartirá en un centro acreditado o en la propia empresa. Si dispone los medios y el personal necesarios.
4. Contrato de trabajo en prácticas
El contrato en prácticas se lleva a cabo para que el trabajador adquiera una destreza profesional adecuada a su nivel de estudios. Para ello es fundamental que la persona tenga un título que acredite su formación profesional o universitaria. Tampoco debe haber transcurrido un plazo superior a 4 años desde el termino de los estudios. Su duración es de 6 meses hasta dos años y se puede prorrogar por periodos mínimos de 6 meses con un máximo de 2 prórrogas.
Contratar trabajadores puede parecer una tarea fácil de realizar pero hay que tener muchos aspectos en cuenta para que su empresa pueda obtener el máximo beneficio. Por eso desde la Asesoría en Valencia Afilco Asesores le ofrecemos nuestros servicios, avalados con más de 35 años de experiencia, para que se deje aconsejar por nuestro equipo de profesionales.