Se ha aprobado el Real Decreto-ley 2/2024 del 21 de mayo en el que se adoptan acciones para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo. Esta normativa trae consigo importantes modificaciones en el subsidio de desempleo y permite la acumulación del permiso de lactancia. Forma parte del componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Si quieres saber más desde Afilco asesores, asesoría laboral Valencia, te contaremos en detalle las nuevas medidas de ayudas por desempleo, sus implicaciones para los trabajadores y las ventajas que ofrecen en términos de protección social y conciliación laboral.

Reforma del subsidio de desempleo: Nuevas modalidades y ampliación de colectivos

Con esta reforma de ayudas por desempleo se introducen dos tipos de subsidios y se extienden a más colectivos: se definen dos modalidades de subsidios (uno por agotamiento de la prestación contributiva y otro por insuficiencia de cotización para acceder a dicha prestación) y se amplían a más grupos, incluyendo a personas menores de 45 años sin cargas familiares, eventuales agrarios, trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla y a víctimas de violencia de género o sexual.

Se iguala la duración de los subsidios por agotamiento de la prestación contributiva, independientemente de la edad, y se mantiene la duración proporcional del subsidio por cotizaciones insuficientes según el número de meses cotizados.

Los subsidios se reconocerán por periodos trimestrales, y los requisitos de carencia de rentas o responsabilidades familiares deberán cumplirse por mes natural. Además, se suprime el plazo de espera de un mes desde la fecha de agotamiento de la prestación contributiva para acceder a la no contributiva.

Se redefine el concepto de carencia de rentas y responsabilidades familiares, de manera que no se excluirá a los solicitantes por percibir rentas propias superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. Existirán responsabilidades familiares cuando el total de rentas de la unidad familiar, dividido por el número de miembros, no supere el 75% del salario mínimo interprofesional.

La cuantía de los subsidios se establece ahora en una fórmula decreciente, eliminando la deducción proporcional en función de las horas trabajadas a tiempo parcial. Además, se permite la compatibilidad del subsidio con el trabajo por cuenta ajena durante un máximo de 180 días, con el objetivo de no penalizar la reincorporación al trabajo. En estos casos, el subsidio se percibirá como un complemento de apoyo al empleo (CAE).

¿Cuáles serán las cuantías del subsidio de desempleo a partir del 01/11/2024?

  • Primeros 6 meses: 95% del IPREM (570 € según la referencia actual).
  • Segundos 6 meses: 90% del IPREM (540 €).
  • Resto del periodo: 80% del IPREM (480 €).

Los mayores de 52 años, mantendrán su cuantía fija (80% IPREM), pero el subsidio tendrá una duración más larga y debido a las contribuciones por la posible jubilación, que no se encuentran en los demás subsidios.

Por último, se regula una transición del subsidio por desempleo a la prestación de ingreso mínimo vital, estableciendo un régimen transitorio para los subsidios extraordinarios por desempleo y renta activa de inserción, que desaparecerán.

Reformas en la prestación contributiva por desempleo

En el ámbito de la prestación contributiva por desempleo, se han introducido opciones más flexibles en caso de interrupción para trabajar durante periodos largos.

Si un trabajador interrumpe su prestación para trabajar por un periodo igual o superior a 12 meses, podrá elegir entre reanudar la prestación anterior o iniciar una nueva con las cotizaciones del último empleo. Además, la interrupción del acuerdo de actividad supondrá la suspensión de la prestación, y se amplía el plazo de salida ocasional al extranjero.

Se han definido dos nuevas causas de extinción de la prestación contributiva: la realización de un trabajo de duración igual o superior a 24 meses en mutualidades de previsión social alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores Autónomos, y el transcurso de seis años desde la fecha de baja de la prestación sin haber reanudado el derecho.

Se permite la compatibilidad de la prestación por desempleo con la realización de prácticas formativas y académicas externas, así como con el trabajo a tiempo parcial o completo a partir del 1 de abril de 2025, siempre que el salario bruto mensual no supere el 375% del IPREM y se hayan devengado nueve meses de paro.

Prevalencia de convenios autonómicos y provinciales

Otra modificación importante es la introducida en el artículo 84.4 del Estatuto de los Trabajadores, que establece la prevalencia de los convenios colectivos autonómicos y provinciales sobre los sectoriales, siempre y cuando la normativa sea más beneficiosa para los empleados.

Esta medida busca descentralizar la negociación colectiva y adaptar mejor las condiciones laborales a las realidades locales, potenciando el papel de los sindicatos y representantes locales en la protección de los derechos laborales.

Permiso de lactancia acumulable

Una de las reformas más destacadas es la relativa a la acumulación del permiso para el cuidado del hijo lactante. La modificación del artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores elimina las restricciones anteriormente existentes, convirtiendo todas las posibilidades de disfrute del permiso, incluida la acumulación, en un derecho de todas las personas trabajadoras. En 2023, ya se crearon ciertas medidas en la materia relacionada con la conciliación de la vida familiar.

Esta medida no estará sujeta a negociación colectiva, lo que supone un avance significativo en la conciliación de la vida laboral y familiar.

Reincorporación laboral de desempleados de larga duración y mayores

En un periodo de seis meses, se desarrollará una estrategia global para el empleo de personas desempleadas de larga duración o de mayor edad en el marco del diálogo social.

 Esta estrategia incluirá medidas relacionadas con el empleo, la formación, las condiciones laborales y la Seguridad Social, con el objetivo de facilitar su reintegración al mercado laboral o asegurar su permanencia en el mismo.

Si quieres saber más sobre las novedades que se han dado en 2024 en relación con el ámbito laboral sobre las ayudas por desempleo no te olvides de echar un vistazo a este artículo sobre novedades en la prestación y en el subsidio por desempleo.

En Afilco, asesoría laboral en Valencia, estamos comprometidos con informar y asesorar sobre estos cambios legislativos para que puedas beneficiarte plenamente de las nuevas medidas.

Si tienes dudas o necesitas asistencia para gestionar las ayudas por desempleo, ya sean relacionadas con tu subsidio de desempleo o permiso de lactancia, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte a navegar estos cambios y asegurar que obtengas el máximo beneficio posible.