El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es, seguramente el pilar principal del sistema tributario español. Se trata de un impuesto que grava de forma directa las rentas obtenidas por las personas físicas con residencia en España.
Con la aprobación definitiva el pasado martes 20 de diciembre de los Presupuestos Generales del Estado de 2023, se introducen cambios en la normativa del impuesto aplicables a los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2023. Es por esto que en el artículo de esta semana detallamos un pequeño resumen de las principales novedades introducidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2023 que afectan directamente a este Impuesto.
Novedades del IRPF en 2023
🡲 Aumenta la reducción por rendimiento de trabajo. Una de las principales novedades es el incremento de la reducción aplicable a los contribuyentes que obtengan rentas del trabajo, reducción que hasta ahora se venía aplicando para los contribuyentes con rendimientos netos inferiores a 16.825€ y que a partir de del ejercicio 2023 será aplicable a aquellos contribuyentes con rendimientos netos inferiores a 19.747,50€.
🡲 Incremento del umbral inferior de la obligación de no declarar. Otra de las novedades más destacadas es la subida del umbral inferior que delimita la obligación de no declarar para los contribuyentes que obtienen rentras del trabajo provenientes de dos o más pagadores, el cual pasa desde los 14.000 a los 15.000 euros anuales.
🡲 Aumento de los tipos de gravamen del ahorro. Se establece una subida impositiva a los rendimientos del capital mobiliario integrables en la base imponible del ahorro, es decir, los rendimientos provenientes de rentas pasivas, tales como dividendos, intereses, ganancias patrimoniales derivadas de transmisión (transmisiones de fondos de inversión, inmuebles o acciones).
En concreto, se aprueba un incremento de un punto porcentual (del 26% al 27%) del tipo impositivo aplicable a rentas superiores a 200.000 euros y un nuevo tipo impositivo del 28% aplicable a rentas superiores a 300.000 euros.
🡲 Novedades en los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual. Se establece de manera general un porcentaje de retención e ingreso a cuenta del 15% para los rendimientos del trabajo derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas y los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual.
Sin embargo, cuando los derechos mencionados se generen por un contribuyente cuyos ingresos por tal concepto hubieran sido inferior a 15.000 euros en el año anterior y represente más del 75% de la suma de rendimientos de actividades económicas y de rendimientos del trabajo, la retención será del 7% siempre y cuando se comunique al pagador.
🡲 Ampliación alcance deducción por maternidad y por gastos de guardería. Adicionalmente se amplía el alcance de la deducción por maternidad permitiendo su aplicación no sólo a las madres trabajadoras (cuenta propia o ajena) que coticen a la Seguridad Social, sino también a aquellas mujeres con hijos menores de tres años que perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección del desempleo.
Se mejora el incremento de esta deducción por gastos de guardería no limitando su importe a las cotizaciones de la madre sino a los gastos de guardería no subvencionados pagados por el contribuyente.
🡲 Aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social. Se mejoran las condiciones en la regulación de los importes y límites máximos de reducción de la Base Imponible General del Impuesto por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones, mutualidades de previsión social, etc), pasando de los 2.000€ anuales a los 8.500€ euros cumpliendo condiciones.
Novedades fiscales 2023 para autónomos y empresas
🡲 Rebajas en IRPF y aumento de las deducciones. Para los autónomos que tributen en el sistema de estimación objetiva se eleva al 10% la reducción general aplicable sobre el rendimiento netos de módulos obtenidos en el período impositivo 2023. Y, por su parte, los que tributen en el sistema de estimación directa verán aumentada del 5% al 7% el tipo de deducción por gastos de difícil justificación, con un límite de 2.000 euros anuales.
🡲 Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades. Y, por último, se llevará a cabo una rebaja del tipo nominal del Impuesto sobre Sociedades, del 25% al 23%, para aquellas empresas que facturen menos de un millón de euros al año.
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