Recibir una notificación de Hacienda puede ser una experiencia abrumadora, tanto para particulares como para empresas. Sin embargo, en la mayoría de los casos, estas notificaciones son procedimientos rutinarios y no necesariamente implican sanciones. Es fundamental estar bien informado sobre los tipos de notificaciones más comunes, saber cómo reaccionar ante ellas y contar con el apoyo de un buen equipo de asesores fiscales para gestionar cada situación de forma eficiente. En este artículo, vamos a profundizar en las notificaciones más frecuentes que envía Hacienda y cómo debemos actuar en cada caso.

¿Qué es una notificación de Hacienda?

Una notificación de Hacienda es una comunicación oficial que la Agencia Tributaria (Hacienda) envía a los contribuyentes para informarles sobre diversas situaciones relacionadas con sus obligaciones fiscales. Estas notificaciones pueden tener diversos motivos, desde la solicitud de información adicional hasta la notificación de deudas o requerimientos específicos.

El artículo 109 de la Ley General Tributaria regula el procedimiento de notificación de actos administrativos en el ámbito tributario. Hacienda está obligada a notificar cualquier acto que afecte los derechos o intereses de los contribuyentes. Estas comunicaciones pueden llegar en formato físico o por vía electrónica, bien por la propia Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o bien por sistemas como la Dirección Electrónica Única que concentran la recepción de notificaciones no sólo de Hacienda sino de otros organismos públicos.

Tipos de notificaciones más comunes de Hacienda

Existen varios tipos de notificaciones que Hacienda puede enviar a los contribuyentes. A continuación, detallamos las más comunes, explicando en qué consisten y cómo debemos reaccionar ante cada una de ellas:

Notificación de requerimiento de información

Este tipo de notificación es una de las más frecuentes. En estos casos, Hacienda solicita al contribuyente que proporcione información adicional sobre alguna declaración ya presentada o incluso sobre un procedimiento que mantiene abierto sobre otro contribuyente. No suele implicar el inicio de un procedimiento de comprobación sino que únicamente pretende clarificar alguna pequeña incidencia detectada en datos presentados o que ya obran en poder de la Administración.

¿Cómo reaccionar?
Ante este tipo de notificación, es fundamental responder dentro del plazo indicado (generalmente 10 a 15 días hábiles) y proporcionar toda la información requerida. Si el contribuyente no responde o lo hace fuera de plazo, Hacienda puede iniciar un proceso sancionador por obstrucción o resistencia a sus actuaciones. En este sentido, contar con asesoramiento puede ser de gran ayuda para evitar errores y cumplir con las exigencias fiscales de manera correcta y oportuna.

Notificación de requerimiento de inicio de actuaciones de comprobación limitada

Este tipo de notificación tiene como objetivo el comunicar el inicio de un procedimiento de comprobación limitada sobre alguna obligación tributaria que ataña al contribuyente. Revisiones de IVA e IRPF son sin lugar a duda las más frecuentes. En el seno de ese procedimiento que se inicia con la comunicación del requerimiento, Hacienda pretende aclarar/revisar aspectos concretos de una declaración fiscal, como las deducciones aplicadas, la procedencia de ingresos declarados o la determinación de las magnitudes que determinan el cálculo del propio Impuesto. A diferencia de una inspección completa, la comprobación limitada se centra en áreas específicas de la declaración o impuesto objeto de comprobación y las competencias de revisión de la Administración están limitadas según lo regulado en el artículo 136 y siguientes de la Ley General Tributaria.

¿Cómo reaccionar?
Aquí, lo recomendable es revisar con detalle los aspectos que Hacienda menciona en la notificación y presentar la documentación que justifique la declaración original o las diferencias detectadas por la Administración. Es altamente recomendable contar con la intervención de un asesor fiscal que nos permita gestionar los tiempos del procedimiento, revisar correctamente el contenido de las actuaciones y defender nuestras pretensiones con todas las garantías posibles que nos aporta un profesional cualificado.

 Notificación de propuesta de liquidación provisional

Este tipo de notificación se enmarca dentro del procedimiento de gestión tributaria de Comprobación Limitada antes comentado, pero en una fase posterior. Normalmente cuando Hacienda inicia un procedimiento de este tipo mediante la notificación de la propuesta y no del requerimiento es porque la Administración ya cuenta con todos los datos necesarios para practicar la regularización correspondiente sobre las declaraciones objeto de comprobación y por tanto no precisa a priori que el contribuyente aporte ninguna información adicional. No obstante, este procedimiento otorga un plazo de alegaciones en el que el contribuyente podrá manifestar su opinión, consultar el expediente y aportar la documentación que estime oportuna para defender sus pretensiones.

¿Cómo reaccionar?
Es fundamental actuar con rapidez. El contribuyente puede aceptar la liquidación y pagar el importe adeudado o bien presentar alegaciones si considera que Hacienda está en un error. Al igual que en el caso anterior, ante este tipo de notificaciones es muy recomendable contar con la ayuda de un asesor fiscal para garantizar que se presenta toda la documentación adecuada y se defiende correctamente la postura del contribuyente.

Notificación de embargo (cuentas bancarias, créditos, bienes)

Una de las notificaciones más preocupantes es la de embargo, que ocurre cuando el contribuyente tiene deudas con Hacienda en fase ejecutiva de cobro. Ene stos casos Hacienda es su pretensión de cobrar las deudas puede proceder al embargo de bienes y derechos (cuentas bancarias, salarios, créditos de clientes, bienes muebles e inmuebles) con ánimo de garantizar el cobro de dichas deudas.

¿Cómo reaccionar?
Ante una notificación de embargo, el primer paso es revisar con detalle el contenido pues en función del tipo de embargo del que se trate la forma de actuar será una u otra.

En caso de embargos de cuenta bancarias habrá que comprobar que efectivamente la deuda que nos reclaman no ha sido previamente liquidada y por tanto pudiera no proceder el embargo practicado. En ese supuesto procedería solicitar la devolución del importe incorrectamente embargado.

En caso de embargo de bienes muebles o inmuebles, comprobar deuda y en caso de que se quieran levantar las anotaciones valorar posibles opciones de pago, como fraccionamiento o aplazamiento.

En caso de embargo de créditos de clientes poco o nada se puede hacer al respecto, mientras no se cancele la deuda o se negocie un aplazamiento nuestro cliente vendrá obligado a ingresar a favor de Hacienda el importe de las facturas que tuvieran que pagarnos a nosotros.  

 ¿Qué hacer si recibimos una notificación de Hacienda?

La recepción de una notificación de Hacienda no debe generar pánico, pero sí requiere atención inmediata y una actuación adecuada. Aquí detallamos los pasos a seguir para afrontar correctamente cualquier comunicación de la Agencia Tributaria:

Leer con atención el contenido de la notificación

El primer paso es leer detenidamente el contenido de la notificación. Es importante entender qué tipo de requerimiento se ha realizado, cuál es el plazo de respuesta y si se trata de una notificación informativa, un requerimiento o una liquidación. Ignorar o malinterpretar una notificación puede tener consecuencias graves.

Verificar los plazos de respuesta

Todas las notificaciones de Hacienda incluyen un plazo para responder o para realizar el pago correspondiente. Es crucial cumplir con estos plazos, ya que la falta de respuesta puede derivar en sanciones o embargos. Generalmente, los plazos varían entre 10 y 15 días hábiles, pero en casos más graves, pueden ser menores.

Reunir la documentación necesaria

Dependiendo del tipo de notificación, es posible que sea necesario reunir ciertos documentos que justifiquen nuestra postura fiscal. Esto puede incluir facturas, justificantes de pagos, contratos u otros documentos relevantes. Es importante que estos documentos sean claros y estén debidamente organizados.

Consecuencias de no responder a una notificación de Hacienda

Ignorar una notificación de Hacienda o no actuar dentro del plazo establecido puede traer consecuencias graves para el contribuyente, entre ellas:

  • Sanciones económicas: Hacienda puede imponer multas o recargos por no cumplir con los plazos o por no proporcionar la información solicitada.
  • Embargos: Si existen deudas pendientes, Hacienda puede proceder al embargo de bienes, lo que afectaría nuestras cuentas bancarias o propiedades.
  • Intereses de demora: Cuando el contribuyente no paga a tiempo, Hacienda suele aplicar intereses de demora, que incrementan la deuda.

¿Cómo revisar la notificación de la Agencia Tributaria en su web?

La Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de revisar las notificaciones a través de su portal web. Para hacerlo, siga estos pasos:

  1. Acceder al sitio web: Visite la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  2. Identificación: Inicie sesión con su certificado digital, DNI electrónico, o mediante Cl@ve PIN, que son los métodos de identificación seguros que ofrece la Agencia.
  3. Consultar Notificaciones: Una vez dentro de su perfil, busque la sección de «Notificaciones» o «Buzón Electrónico». Aquí podrá visualizar las notificaciones que ha recibido, así como su estado (pendiente, leído, etc.).
  4. Descargar y leer: Podrá descargar el contenido de las notificaciones en formato PDF. Es recomendable leerlas detenidamente para comprender su contenido y las acciones a seguir.

Revisar las notificaciones en la web es una forma eficaz de mantenerse al día con sus obligaciones fiscales y evitar sorpresas desagradables.

La importancia del asesoramiento fiscal

Para evitar sanciones o malentendidos con Hacienda, es fundamental contar con un asesor fiscal que esté al tanto de las normativas vigentes y pueda gestionar cualquier notificación de manera eficaz. En Afilco Asesores, ofrecemos un servicio completo de asesoramiento fiscal en Valencia, ayudando tanto a particulares como a empresas a cumplir con sus obligaciones fiscales de manera precisa y oportuna.

Además, te recomendamos revisar nuestras guías detalladas sobre temas relacionados, como los seguros desgravables en la declaración de la renta y el IVA deducible: qué es y cuáles son los requisitos, para obtener más información sobre cómo optimizar tu situación fiscal.

Preguntas frecuentes sobre notificaciones de hacienda

1. ¿Qué ocurre si no recojo una notificación de Hacienda?


Si no recoges una notificación de Hacienda o no accedes a tu buzón electrónico, la notificación se considera igualmente válida una vez transcurridos los plazos establecidos, normalmente 10 días naturales desde la puesta a disposición. Esto es aplicable de momento únicamente a personas jurídicas, ya que las personas físicas no tienen obligación de recibir las notificaciones por vía telemática y por tanto hacienda seguirá obligada a notificarles en papel en la dirección del domicilio que conste censalmente.

2 . ¿Qué pasa si Hacienda se equivoca en una notificación?


Si consideras que Hacienda ha cometido un error en una notificación, puedes presentar una reclamación o recurso en el plazo indicado en la misma notificación. Es fundamental aportar la documentación necesaria para justificar tu postura.

Enfrentarse a una notificación de Hacienda puede ser un proceso complejo, pero con la información adecuada y un buen asesoramiento, es posible gestionarlas de manera efectiva. La clave está en entender el tipo de notificación recibida, actuar con rapidez y cumplir con los plazos establecidos. Contar con un asesor fiscal en Valencia, puede marcar la diferencia a la hora de resolver cualquier situación con Hacienda de forma eficiente y sin complicaciones.