El Modelo 232 es un formulario informativo que deben presentar determinadas entidades y personas físicas en España para declarar operaciones vinculadas y situaciones relacionadas con países o territorios considerados paraísos fiscales. A continuación, responderemos a las preguntas más frecuentes sobre este modelo para que no te quede ninguna duda.
Si necesitas saber cómo presentar este documento, no dudes en contar con una asesoría fiscal como Afilco Asesores. Te explicaremos qué es el Modelo 232, quiénes están obligados a presentarlo, los plazos y, lo más importante, asumiremos su gestión y presentación en tu nombre para evitar errores que puedan acarrear sanciones.
¿Qué es el Modelo 232?
El Modelo 232 es una declaración informativa de carácter anual, regulada por la Agencia Tributaria, que tiene como objetivo reportar las operaciones realizadas entre entidades vinculadas (por ejemplo, empresas de un mismo grupo) y aquellas operaciones que involucren paraísos fiscales. Este modelo se introdujo para fortalecer el control fiscal y asegurar la transparencia en las relaciones económicas entre partes relacionadas, evitando la evasión o elusión fiscal mediante precios de transferencia.
¿Quiénes deben presentar el Modelo 232?
No todas las personas o empresas están obligadas a presentar este modelo. Los principales obligados son:
- Entidades que realicen operaciones vinculadas, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- El conjunto de operaciones vinculadas supere los 250.000 euros en el ejercicio fiscal, considerando el valor de mercado.
- En caso de operaciones específicas sujetas al mismo método de valoración, cuando el importe conjunto supere los 100.000 euros y pertenezca a una misma persona o entidad.
- Operaciones con paraísos fiscales: Cualquier operación, sin importar el importe, realizada con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
- Si el conjunto de operaciones específicas de un mismo tipo y método de valoración supera el 50% de la cifra de negocios de la entidad.
- Empresas obligadas a documentar precios de transferencia bajo la normativa española.
- Contribuyentes que apliquen la reducción prevista en el artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (rentas procedentes de intangibles).
- Operaciones realizadas en el ámbito de paraísos fiscales, independientemente de su importe.
¿Qué operaciones están exentas del Modelo 232?
Quedan excluidas las operaciones realizadas dentro de un mismo grupo fiscal, las realizadas por AIEs y UTEs, y las operaciones en el marco de ofertas públicas de venta o adquisición de valores.
Recuerda que, si realizas operaciones con terceros que no están vinculados a tu empresa y superan los 3.005,06 euros anuales, debes declararlas en el Modelo 347. Puedes obtener más información sobre cómo presentar el Modelo 347 aquí.
¿Qué se declara en el Modelo 232?
En este formulario se deben incluir los siguientes tipos de operaciones:
1. Operaciones vinculadas
Transacciones entre entidades que tienen algún tipo de relación accionarial o de influencia significativa.
2. Operaciones realizadas con paraísos fiscales
Compra-venta de bienes, servicios, préstamos, etc. Si estas operaciones resultan en la tenencia de bienes o criptomonedas situadas en el extranjero por saldos superiores a 50.000 euros, recuerda que también debes declararlas en los Modelos 720 y 721. Puedes obtener más información sobre cómo declarar estos bienes aquí.
3. Acuerdos de reparto de gastos o beneficios
Entre empresas vinculadas.
4. Operaciones de reestructuración
Reorganización o transferencia de activos.
¿Qué se consideran operaciones vinculadas?
La normativa española establece que una operación vinculada ocurre cuando existe una relación especial entre las partes. Algunos ejemplos son:
- Operaciones entre empresas de un mismo grupo empresarial.
- Transacciones entre socios (con un mínimo del 25% de participación) y la sociedad.
- Operaciones entre la sociedad y sus administradores o familiares cercanos.
- Relaciones entre entidades y establecimientos permanentes.
¿Cuándo se presenta el Modelo 232?
El Modelo 232 se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Los plazos son los siguientes:
Plazo de presentación:
El modelo debe presentarse dentro del mes siguiente a los 10 meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal. Por ejemplo, si el ejercicio fiscal coincide con el año natural (1 de enero al 31 de diciembre), el plazo será todo el mes de noviembre del año siguiente.
¿Cómo rellenar correctamente el Modelo 232?
Para evitar errores y sanciones, es fundamental rellenar el Modelo 232 de forma correcta. A continuación, te explicamos los pasos detallados:
1. Accede a la sede electrónica de la Agencia Tributaria
- Entra en la web oficial de la Agencia Tributaria.
- Utiliza tu certificado digital o sistema Cl@ve PIN para acceder a la plataforma.
2. Descarga y completa el formulario
Puedes rellenar el formulario directamente en la plataforma online de la Agencia Tributaria o mediante el software habilitado para ello. Asegúrate de tener todos los datos necesarios antes de empezar.
Campos principales del Modelo 232:
Identificación del declarante:
- Nombre o razón social.
- Número de identificación fiscal (NIF).
- Ejercicio fiscal al que corresponde la declaración.
Operaciones vinculadas:
- Tipo de operación: Identifica la naturaleza de la transacción (compra-venta de bienes, prestación de servicios, cesión de activos intangibles, etc.).
- Valor de las operaciones: Indica el importe total de las operaciones realizadas.
- Método de valoración utilizado: Especifica el método utilizado para determinar el valor de mercado (por ejemplo, precio comparable, coste incrementado, etc.).
- Partes implicadas: Identifica claramente a las entidades o personas relacionadas.
Operaciones realizadas con paraísos fiscales:
- Describe el tipo de operación (transacciones financieras, exportaciones, préstamos, etc.).
- Indica el importe de cada operación, incluso si es menor.
Operaciones específicas:
- Agrega detalles adicionales sobre transacciones que superen el 50% de la cifra de negocios o que tengan condiciones especiales.
3. Revisión y validación de los datos
- Antes de enviar el formulario, asegúrate de que todos los datos estén correctos y completos.
- Utiliza la herramienta de validación de la Agencia Tributaria para detectar errores comunes.
4. Presenta el Modelo 232
- Una vez revisado, envía el formulario a través de la plataforma electrónica.
- Guarda el justificante de presentación como respaldo para futuras consultas o auditorías.

¿Qué ocurre si no presento el Modelo 232?
No presentar el Modelo 232, hacerlo fuera de plazo o con errores puede generar sanciones administrativas significativas:
Sanciones económicas:
La sanción será una multa fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos relacionados con una misma persona o entidad que debieron incluirse en la declaración, con un importe mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.
Inspección tributaria:
La omisión de este modelo puede desencadenar una revisión más exhaustiva de tus operaciones financieras.
Por ello, es fundamental presentar el Modelo 232 correctamente y en el plazo establecido.
Modelos relacionados con el Modelo 232
El Modelo 232 está relacionado con otros formularios, tales como:
- Modelo 200: Declaración del Impuesto sobre Sociedades.
- Documentación de precios de transferencia: Requerida para empresas obligadas a justificar el valor de mercado en sus operaciones vinculadas.
Consejos finales
- Consulta a un asesor fiscal: Si tienes dudas sobre si estás obligado a presentar el Modelo 232 o cómo completarlo, lo ideas es consultar a un asesor fiscal.
- No dejes todo para el último momento: Aunque el plazo sea amplio, es mejor preparar la documentación con antelación.
- Conoce tus operaciones vinculadas: Llevar un registro detallado de tus transacciones te ayudará a cumplir con esta y otras obligaciones fiscales.
Preguntas frecuentes sobre el Modelo 232
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 232?
Las personas jurídicas que realicen operaciones vinculadas o con paraísos fiscales cualquiera que sea su importe o bien que superen los umbrales establecidos por la normativa, deben presentar el Modelo 232.
¿Cómo puedo saber si mis operaciones están dentro del alcance del Modelo 232?
Si realizas transacciones con entidades vinculadas que superen los 250.000 euros (o cualquier operación con paraísos fiscales), es probable que debas presentar el Modelo 232. Consulta con un asesor fiscal para más detalles.
¿Cuáles son los plazos para presentar el Modelo 232?
El plazo de presentación es dentro del mes siguiente a los 10 meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal. Por ejemplo, para el ejercicio fiscal del 2024, el plazo será noviembre de 2025.
¿Puedo presentar el Modelo 232 de forma presencial?
No, el Modelo 232 solo puede presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
¿Cuándo se declaran los préstamos en el Modelo 232?
Las concesiones y amortizaciones de préstamos realizados entre entidades vinculadas deben declararse en el Modelo 232 en determinados supuestos. Es importante detallar el tipo de préstamo y las condiciones bajo las cuales se ha concedido.
¿Cuándo se considera que dos empresas están vinculadas?
Se considera que dos empresas están vinculadas cuando existe una relación especial entre ellas, como participación directa o indirecta de al menos el 25% del capital social o influencias significativas entre las partes. También se consideran vinculadas las operaciones entre sociedades del mismo grupo.
Cumplir con tus obligaciones fiscales es esencial para evitar sanciones y asegurar la transparencia de tus operaciones económicas. El Modelo 232 es un trámite clave para aquellas empresas y personas que realizan operaciones vinculadas o transacciones con paraísos fiscales. Presentarlo correctamente y en el plazo establecido te ayudará a evitar complicaciones con la Agencia Tributaria.
En Afilco Asesores, somos una asesoría en Valencia especializada en asesoramiento fiscal. Estamos aquí para ayudarte con cualquier trámite fiscal, desde la correcta presentación del Modelo 232 hasta el cumplimiento de otras obligaciones tributarias. Si necesitas orientación personalizada, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.