Tras la devastadora Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que afectó a varias regiones de España entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, tanto el Gobierno como las comunidades autónomas han adoptado medidas de apoyo a través, muchas de las cuales han venido reguladas por los Reales Decretos-leyes 6/2024 y 7/2024. Estas disposiciones contemplan ayudas económicas, beneficios fiscales y soporte financiero para mitigar los efectos de la catástrofe.
Este artículo está dirigido a cualquier persona que necesite estas ayudas, así como a aquellos que buscan una asesoría jurídica para gestionarlas. Aquí, te explicamos las principales medidas adoptadas y cómo solicitarlas, destacando las oportunidades clave disponibles para empresas, autónomos y personas afectadas.
¿Qué ayudas están disponibles tras la DANA?
El Real Decreto-ley 6/2024 y el Real Decreto-ley 7/2024 introducen diversas medidas de apoyo, que incluyen desde moratorias fiscales hasta ayudas directas para empresas y particulares. A continuación, te explicamos las principales ayudas y medidas tanto a nivel nacional como regional, y cómo puedes acceder a ellas.
1. Medidas Tributarias y Fiscales
Las medidas tributarias más destacables son las siguientes:
Extensión de plazos tributarios
Los contribuyentes afectados por la DANA tienen hasta el 30 de enero de 2025 para presentar sus declaraciones y pagos tributarios cuyo vencimiento esté comprendido entre el 28 de octubre y el 31 de diciembre de 2024, siempre y cuando su cifra de negocio en 2023 no hubiera superado los 6.010.121,04€. Esta medida permite a los afectados ganar tiempo en sus obligaciones fiscales.
Concesión de aplazamientos de deudas especiales y extensión de los plazos de pago de deudas
Se concederá aplazamiento de las deudas que hasta la fecha eran inaplazables (retenciones, pagos a cuenta de sociedades e IVA cobrado), en un plazo de hasta 24 meses y sin que los primeros 6 meses devenguen intereses.
Se extienden los vencimientos de los plazos de ingreso y de las fracciones de los aplazamientos ya concedidos que no hubieran concluido a 7 de noviembre de 2024, extendiéndolos hasta el 5 de febrero de 2025.
Aplazamiento segundo plazo de pago IRPF: Se pospone automáticamente hasta el próximo 5 de febrero el segundo pago de la declaración de IRPF de 2023 cuyo plazo de pago estaba previsto para el 5 de noviembre.
Reducción en el IRPF para autónomos
Los autónomos de municipios afectados pueden beneficiarse de una reducción del 25% adicional en el rendimiento neto de los módulos para 2024, según lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto-ley 6/2024.
Exención del IBI e IAE
Los inmuebles y locales de negocios que han sufrido daños están exentos del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), siempre y cuando se acredite que tanto las personas como los bienes en ellos ubicados hayan tenido que ser objeto de realojamiento.
2. Medidas en Seguridad Social
Entre otras destacamos,
Moratorias y aplazamientos
Las empresas y autónomos afectados pueden posponer hasta un año los pagos a la Seguridad Social sin intereses, según el artículo 12 del Real Decreto-ley 7/2024.
ERTES especiales
Las empresas afectadas por la DANA podrán acogerse a ERTEs por fuerza mayor, con una exoneración del 100% en las cotizaciones hasta marzo de 2025. Además, los empleados afectados mantendrán su cobertura social para futuras prestaciones.
Prestaciones por cese de actividad
Para aquellos autónomos que hayan visto afectada su actividad de manera total o parcial, sin requisito mínimo de cotización y con la posibilidad de compatibilizarla con la actividad durante el plazo de 3 meses
Incremento ingreso mínimo vital
Los beneficiarios de esta prestación cuyo domicilio esté en las localidades afectadas recibirán un incremento extraordinario del 15% en la prestación mensual de los meses de noviembre a enero 2025.
3. Apoyo Financiero y medidas complementarias
Moratorias en créditos e hipotecas
Los afectados pueden suspender los pagos de capital durante tres meses y pagar solo los intereses durante nueve meses adicionales, según lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto-ley 7/2024.
Líneas de avales
Por cuenta del Estado para hogares, empresas y autónomos y destinada a sufragar los daños sufridos por la DANA.
Ayudas directas a empresas y autónomos
Los autónomos pueden recibir hasta 5.000 €, y las empresas, dependiendo de su facturación, hasta 150.000 €, según lo estipulado en el artículo 10 del Real Decreto-ley 6/2024.
Indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros
Los daños en bienes, vehículos y negocios pueden ser cubiertos a través de reclamaciones ante el Consorcio de Compensación de Seguros. Las reclamaciones pueden realizarse directamente a través de su página web oficial.
Medidas en el ámbito notarial
Posibilidad de solicitar levantamiento de actas notariales por daños a través del Portal Notarial del Ciudadano de forma totalmente gratuita. Servicios de asesoramiento, recuperación y pruebas de derecho.
Localización de escrituras a través del siguiente localizador
Ayudas regionales: Por Comunidad Autónoma
Comunidad Valenciana
- Subvenciones a particulares: Hasta 60.480 € para viviendas destruidas y hasta 10.320 € para la pérdida de bienes esenciales.
- Ayudas a PYMEs: Empresas afectadas pueden recibir hasta 150.000 €, dependiendo de su volumen de facturación.
- Ayudas directas a autónomos: Los autónomos cuyo domicilio fiscal radique en uno de los municipios afectados por la DANA podrán optar a una ayuda directa de 5.000€
Andalucía
- Apoyo a la agricultura y ganadería: Subvenciones para pérdidas en cultivos y ganado, así como reducciones en el IRPF y exenciones del IBI en terrenos agrícolas.
- Prestación por cese de actividad: Los autónomos afectados pueden solicitar esta prestación sin necesidad de acreditar cotización previa.
Región de Murcia
- Bonificaciones fiscales: Exenciones del IBI e IAE para inmuebles y negocios afectados.
- Reparación de infraestructuras locales: Subvenciones directas para reconstruir carreteras y servicios dañados en los municipios.
Castilla-La Mancha
- Línea de financiación preferente: Créditos con aval estatal para reparar daños en infraestructuras y viviendas.
- Aplazamientos fiscales: Extensión de plazos para el pago de impuestos y deudas tributarias sin intereses.
¿Qué ayudas pueden solicitar las personas afectadas por la DANA?
Para personas físicas
- Por fallecimiento o incapacidad de familiares a consecuencia de los hechos provocados por el temporal
- Ayudas estatales por daños en la vivienda o enseres: Hasta 60.480 € por destrucción total, hasta 41.280€ por los daños que afecten a la estructura, hasta 20.640 € por los daños que no afecten a la estructura y hasta 10.320 € para enseres básicos, muebles, electrodomésticos, etc.
- Ayudas autonómicas por daños en el contenido de la vivienda: 6.000€ por vivienda cuyo contenido haya sido dañado independientemente del número de personas que convivan en la misma.
- Exenciones de tasas administrativas: Eliminación de tasas de tráfico y expedición de duplicados de de DNI
Para empresas y autónomos:
- Prestación por Cese de actividad: Prestación especial, sin necesidad de cotización previa
- Ayudas directas: de 5000€ para aquellos autónomos de alta en los censos tributarios con anterioridad al 29 de octubre y cuyo domicilio fiscal radique en uno de los municipios afectados y hasta 150.000€ y en función de la cifra de negocios del ejercicio anterior para empresas.
- Reducción fiscal: Deducción adicional del 25% en módulos de IRPF
- Ayudas por daños en locales industriales y comerciales: hasta el 7% de la cuantía de daños indemnizables en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios con un máximo de 36.896€.
¿Cómo solicitar las ayudas por la DANA?
El proceso de solicitud de las ayudas por la DANA es fundamental para que las personas y empresas afectadas puedan acceder al respaldo necesario para su recuperación. Por ello, hemos preparado esta guía práctica para ayudarte a gestionar tu solicitud de manera efectiva.
Reunir la documentación necesaria
Antes de iniciar cualquier trámite, asegúrate de contar con todos los documentos requeridos. Esto incluye:
- Pruebas de daños, como informes periciales, fotografías o videos.
- Justificantes de residencia o actividad económica en las zonas afectadas, como certificados de empadronamiento o licencias de actividad.
- Facturas, presupuestos y demás documentos que respalden los daños o las pérdidas sufridas.
- En el caso de empresas, documentos que acrediten el volumen de operaciones o la inscripción en el censo de empresarios.
Elegir el tipo de ayuda y preparar la solicitud específica
Según la naturaleza de los daños sufridos o tu situación particular, identifica la ayuda que necesitas solicitar:
- Ayudas directas a empresas y autónomos: Solicítalas a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT).
- Exenciones, aplazamientos y moratorias de Seguridad Social: Realiza la gestión en la web de la Seguridad Social, en el apartado correspondiente a aplazamientos o moratorias.
- Ayudas para viviendas, enseres y daños personales: Estas solicitudes suelen gestionarse a través de las oficinas municipales o autonómicas competentes, a través del enlace de la sede electrónica del Ministerio del Interior y en casos específicos como los de la Comunidad Valenciana, a través de la página oficial del Consell.
Realizar la presentación oficial de la solicitud
- Accede a las plataformas oficiales mencionadas.
- Completa el formulario oficial, adjunta la documentación requerida y verifica que todo esté correctamente cumplimentado.
Consulta con asesores jurídicos o fiscales
Contar con el apoyo de un asesor especializado puede optimizar el proceso. Los asesores ayudan a:
- Evitar errores comunes en la presentación de documentos.
- Garantizar que cumples con los requisitos específicos de cada ayuda.
- Maximizar el acceso a los beneficios disponibles.
- Seguimiento del trámite y resolución
- Una vez presentada la solicitud, conserva el comprobante de recepción.
- Realiza un seguimiento periódico en la plataforma donde gestionaste la ayuda para verificar el estado de tu solicitud.
- En caso de demora en la resolución, contacta con el organismo responsable para obtener información actualizada.
Fechas clave y plazos
Ten en cuenta las fechas límites para cada tipo de solicitud:
- Ayudas directas a empresas y autónomos: hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Ayudas a viviendas y enseres: dos meses a partir del 7 de noviembre de 2024.
- Solicitudes de aplazamientos y moratorias de Seguridad Social: deben realizarse en los primeros 10 días del plazo reglamentario del mes correspondiente.
Legislación clave: Referencias importantes
- Real Decreto-ley 6/2024: Introduce medidas urgentes para paliar los daños en municipios afectados.
- Real Decreto-ley 7/2024: Detalla las ayudas económicas y los beneficios fiscales disponibles para empresas y particulares.
- Ley General de Subvenciones: Establece el marco legal para las ayudas públicas, incluyendo la exoneración de estar al corriente de obligaciones fiscales para ciertos beneficiarios.
Con la amplia variedad de ayudas disponibles, contar con asesoría jurídica especializada puede ser clave para gestionar las opciones más beneficiosas para cada caso. Si tienes dudas, en Afilco Asesores podemos simplificar el proceso y maximizar las oportunidades de apoyo disponibles.