El pasado jueves 1 de julio entró en vigor la nueva regulación de la Unión Europea en materia de IVA, aplicable a las entregas de bienes y prestaciones de servicios por medios electrónicos. El objetivo de esta reforma es evitar las pérdidas de ingresos en concepto de impuestos y reducir notablemente los fraudes en el IVA por operaciones transfronterizas, además de intentar equilibrar las condiciones de mercado entre empresas establecidas dentro y fuera de la Unión Europea.
Como solución a todas estas cuestiones, se han introducido una serie de modificaciones normativas que han supuesto una de las reformas más importantes en el ámbito del IVA durante los últimos años, sobre todo en lo que respecta a las entregas de bienes online. A continuación, te contamos cuáles son estas modificaciones.
Principales cambios en el IVA del ecommerce
- Supresión de los umbrales en las ventas a distancia
La reforma suprime los umbrales por país y establece el mismo para todos los Estados miembros. Por tanto, cualquier ecommerce que facture más de 10.000 euros (umbral único) por ventas realizadas a consumidores de la Unión Europea, deberán facturar con el tipo de IVA correspondiente al país donde se encuentre el consumidor.
Para realizar toda esta gestión del IVA no será necesario darse de alta a efectos fiscales en los distintos Estados miembros, sino que se podrá presentar las liquidaciones de IVA en su propio Estado a través del régimen de ventanilla única.
¿Qué es la ventanilla única y cuál es su funcionamiento?
La ventanilla única es una plataforma que desarrolla cada uno de los Estados miembros de la Unión Europea (en el caso de España la encargada es la Agencia Tributaria) a través de la cual se declara y paga el IVA de forma electrónica, para facilitar a los ecommerce el cumplimiento de la legislación en el ámbito tributario.
Su funcionamiento es muy sencillo, los comerciantes tan solo tendrán que darse de alta en la plataforma y declarar o liquidar el IVA adeudado. Tras esto, la autoridad fiscal correspondiente será la responsable de remitir los impuestos recaudados al Estado comunitario que corresponda.
- Fin de la exención del IVA en las importaciones de envíos de escaso valor.
La nueva normativa deroga la exención que existía hasta ahora del IVA de pequeños envíos a las importaciones con un valor inferior a 22 euros.
De esta manera, cualquier importación que se realice desde un país de fuera de la UE estará sujeta al IVA en el Estado miembro de destino, manteniéndose la exención de los derechos de aduana para aquellas importaciones que tengan un valor inferior a 150 euros.
- Responsabilidad del IVA sobre los marketplaces para ventas a distancia de bienes importados de terceros países.
Otra de las modificaciones es que las plataformas de venta online o marketplaces deberán de actuar como agentes recaudadores y pagadores de IVA, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
- Controlen los términos y condiciones de la venta.
- Autoricen el cargo al consumidor.
- Ordenen y repartan los bienes.
En definitiva, nos encontramos ante una modificación muy significativa del sector del ecommerce y si te dedicas a la venta online es probable que estas modificaciones en el IVA te afecten. Si necesitas la ayuda de una asesoría fiscal para aclarar cualquier duda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros que estaremos encantados de ayudarte.